Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 19

Ley del Centro de Atención para las Víctimas del Delito· Capítulo Cuarto. De las Atribuciones del Consejo

La vigilancia del Organismo estará a cargo de un Contralor Interno, quien será designado por el Consejo a propuesta del Director General y además será miembro del Consejo.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.