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Artículo 75

Ley de Vivienda del Estado de Jalisco· Capítulo IX. DE LAS NORMAS ADMINISTRATIVAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA

Las disposiciones de administración y mantenimiento de conjuntos habitacionales y en general de la vivienda realizada por las entidades de la Administración Pública Estatal y Municipal propiciarán que dichas acciones queden a cargo de las asociaciones de los usuarios.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.