Las disposiciones de administración y mantenimiento de conjuntos habitacionales y en general de la vivienda realizada por las entidades de la Administración Pública Estatal y Municipal propiciarán que dichas acciones queden a cargo de las asociaciones de los usuarios.
Artículo 75
Ley de Vivienda del Estado de Jalisco· Capítulo IX. DE LAS NORMAS ADMINISTRATIVAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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