Para efecto de cumplir los programas de vivienda del Gobierno del Estado, el Instituto deberá asegurar el cumplimiento de aquéllos aprobados mediante un proceso permanente de control y evaluación, priorizar sus acciones y proponer soluciones a las acciones no previstas en los planes de desarrollo urbano y de vivienda.
En la formulación de la programación estatal de vivienda, se considerarán las propuestas de los gobiernos municipales, así como los sectores social y privado.