Comisión Estatal de Bioética. Facultades del Consejo. 1. Corresponde al Consejo el ejercicio de las siguientes facultades:
I. Establecer las políticas generales a que deba sujetarse la Comisión Estatal de Bioética e Investigación de Jalisco;
II. Elaborar las propuestas de políticas públicas de salud vinculadas con la temática bioética;
III. Aprobar los lineamientos para la participación de los diferentes sectores de la sociedad involucrados en la materia, así como para dar seguimiento y respuesta a sus peticiones;
IV. Conocer de los asuntos que considere necesarios para el cumplimiento de su objeto y elaborar recomendaciones bioéticas;
V. Analizar y, en su caso, aprobar el informe anual de actividades de la Comisión Estatal de Bioética e Investigación de Jalisco;
VI. Proponer mecanismos de coordinación y cooperación para la eficaz ejecución de las atribuciones a cargo de los Comités Hospitalarios de Bioética;
VII. Emitir recomendaciones a las instancias correspondientes sobre modificaciones a proyectos legislativos o al marco normativo, que tengan relación con la bioética;
VIII. Aprobar el reglamento interno de funcionamiento del Consejo; y IX. Las demás que le confiera el Secretario de Salud y la normatividad aplicable.