Capítulo XIIDe los Mecanismos para la Solución de Controversias
Ley de Proyectos de Inversión y de Prestación de Servicios del Estado de Jalisco y sus Municipios · arts. 60 a 65
Artículos
- Art. 60En caso de que la entidad y el inversionista proveedor hubiere estipulado en el contrato mecanismos conciliatorios previos a las…
- Art. 61Las controversias que se produzcan entre las partes con motivo de la interpretación o cumplimiento del contrato, se someterán al…
- Art. 62Los integrantes de la comisión conciliadora deberán ser designados dentro del plazo de treinta días contados a partir de la fecha…
- Art. 63Una vez integrada la comisión conciliadora, ésta contará con treinta días para la emisión de las normas aplicables al…
- Art. 64La comisión conciliadora buscará la conciliación entre las partes, formulando proposiciones para ello. Si la conciliación no se…
- Art. 65La comisión conciliadora actuará de acuerdo a las normas previstas en la Ley de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco y…