Capítulo XIIDe los Albergues de Animales Domésticos
Ley de Protección y Cuidado de los Animales del Estado de Jalisco · arts. 62 Quáter a 62-Sexies
Artículos
- Art. 62 QuáterLos Albergues de Animales Domésticos tendrán como objetivo la custodia de animales que se encuentren en el desamparo, propiciando…
- Art. 62-QuinquiesSon obligaciones de los Albergues de Animales Domésticos: I. Contar con la autorización municipal para su operación; II. Realizar…
- Art. 62-SexiesLos Albergues de Animales Domésticos tendrán derecho a celebrar convenios con las entidades educativas dedicadas a la formación…