Los establecimientos comerciales, ferias y exposiciones que se dediquen a la venta de animales domésticos, están obligados a otorgar al comprador un manual de cuidado, albergue y dieta del animal adquirido, que incluya, además, los riesgos ambientales de su liberación al medio rural o urbano y las sanciones a las que podrían estar sujetos por el incumplimiento de las disposiciones de la presente ley.
El manual deberá estar certificado por médico veterinario zootecnista.