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Artículo 16

Ley de Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia del Estado de Jalisco· Título Tercero. DE LAS INSTANCIAS DE COORDINACIÓN › Capítulo III. De las Opiniones y Recomendaciones

En base a los principios de profesionalismo, certeza, honestidad, eficacia, eficiencia, transparencia y buena fe, los estudios, resoluciones y conclusiones del Centro Estatal, se emitirán como recomendaciones u opiniones que serán turnadas a las autoridades correspondientes del Estado y sus Municipios para que sean valoradas en el ejercicio de sus responsabilidades públicas.

Las recomendaciones y opiniones emitidas por el Centro Estatal no son vinculatorias ni obligatorias para las autoridades del Estado y de los Municipios o cualquier otro ente de prevención que las solicite.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.