Capítulo IDe la Planeación y Programación de la Obra Pública
Ley de Obra Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios · arts. 18 a 23
Artículos
- Art. 18Planeación y programación – Programas operativos anuales. 1. La Secretaría o el ente público deberá remitir al Comité de…
- Art. 19Planeación y programación – Requisitos. 1. Para la programación de la obra pública y servicios relacionados con la misma, los…
- Art. 20Planeación y programación – Estudios preexistentes. 1. Cuando los instrumentos de planeación del desarrollo determinen la…
- Art. 21Planeación y programación – Improcedencia de la contratación. 1. No procederá la contratación de obra pública y servicios…
- Art. 22Planeación y programación – Publicación en el SECG. 1. Los entes públicos deberán publicar en el SECG el programa anual de obra…
- Art. 23Planeación y programación – Integración de comités de obra. 1. Con la finalidad de auxiliar en la elaboración del programa anual…