Excepciones – Concurso simplificado sumario. 1. Además de lo señalado en la presente ley en lo que refiere a los procedimientos de contratación por concurso simplificado sumario, les será aplicable lo siguiente:
I. La Secretaría o el ente público podrá invitar cuando menos a cinco concursantes;
II. El concurso con la invitación y las bases de participación, será publicado en el SECG y en el portal de internet de la Convocante cuando menos diez días antes de la fecha de presentación y apertura de proposiciones;
III. Los plazos para el procedimiento de concurso simplificado sumario se reducirán a la mitad de los señalados para el procedimiento de licitación pública;
IV. La calificación de las propuestas técnica y económica se regirá por lo previsto en el artículo 73; y V. Además de lo señalado en el presente artículo, la convocatoria indicará, según las características, complejidad y magnitud de los trabajos, aquellos aspectos contenidos en el artículo 61 que fueren aplicables.