Es derecho de la sociedad civil organizada en materia de personas adultas mayores, participar de manera coordinada y concertada con las autoridades competentes.
Artículo 23
Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores del Estado de Jalisco· Título Tercero. De la familia del adulto mayor y de la sociedad › Capítulo II. De la participación de la sociedad
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