Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 22

Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos· Título Segundo. De la Comisión › Capítulo IV. Del Presidente de la Comisión

El Presidente es la primera autoridad de la Comisión. Será designado para promover y garantizar los derechos humanos de cualquier persona que se encuentre en el Estado; durará en su cargo cinco años y exclusivamente podrá ser designado para un segundo período, respetando el 8 procedimiento realizado para la designación inicial.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.