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Capítulo IIDe la Contabilidad

Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco · arts. 229 a 235

Artículos

  • Art. 229Con el objeto de uniformar los criterios en materia de contabilidad municipal y archivo contable, la Auditoría Superior del…
  • Art. 230El Tesorero o Encargado de la Hacienda Municipal llevará su propia contabilidad, en la cual incluirá las cuentas para registrar…
  • Art. 231La contabilidad de la Tesorería o Hacienda Municipal se llevará con base acumulativa para determinar costos y facilitar la…
  • Art. 232Los sistemas de contabilidad deberán diseñarse y operarse en forma que faciliten la fiscalización de activos, pasivos, ingresos…
  • Art. 233El encargado de la hacienda municipal suministrará a la Auditoría Superior la información contable, financiera y de cualquiera…
  • Art. 234La Auditoría Superior determinará la forma y términos en que el encargado de la hacienda municipal deberá llevar a cabo sus…
  • Art. 235Los estados financieros y demás información financiera y contable que emanen de la contabilidad de las haciendas municipales…