Si hubiere otros acreedores, los derechos del Fisco Municipal se determinarán de acuerdo con la prelación que establece el Art. 17, y las reglas que señala el Art. 18 de esta ley.
Artículo 303
Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco· Libro Quinto. De los Procedimientos y Recursos › Título Primero. De Los Procedimientos › Capítulo II. Del Procedimiento Administrativo de Ejecución › Sección Cuarta. De los Remates
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