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Artículo 302

Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco· Libro Quinto. De los Procedimientos y Recursos › Título Primero. De Los Procedimientos › Capítulo II. Del Procedimiento Administrativo de Ejecución › Sección Cuarta. De los Remates

El producto del remate se aplicará al pago del crédito fiscal, en el orden siguiente:

I. Los impuestos, Contribuciones Especiales, Derechos, Productos y Aprovechamientos, que dieron lugar al embargo;

II. Los vencimientos ocurridos durante el procedimiento de ejecución;

III. Los recargos y las multas; y IV. Gastos de ejecución.

Cuando hubiere varios créditos en un mismo procedimiento de ejecución, la aplicación se hará por orden de antigüedad.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.