Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 250

Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco· Libro Quinto. De los Procedimientos y Recursos › Título Primero. De Los Procedimientos › Capítulo I. Disposiciones Generales

Para efectos fiscales, son días inhábiles: los domingos y aquellos en que las oficinas recaudadoras de renta permanezcan cerradas durante el horario normal de labores.

También son días inhábiles aquellos en que tengan vacaciones generales las autoridades fiscales.

La presencia de personal de guardia no habilita los días en que se suspendan las labores. 55 Las autoridades fiscales podrán habilitar los días y horas inhábiles. Esta circunstancia deberá comunicarse a los particulares y no alterará el cálculo de plazos.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.