Previo estudio que al efecto practiquen las autoridades municipales, las licencias se otorgarán por cada giro y no por domicilio o propietario. Se entiende por giro toda actividad concreta, ya sea comercial, industrial o de prestación de servicios, según la clasificación de los padrones de la Tesorería o Hacienda Municipal.
Los establecimientos que realicen diversas actividades concretas deberán obtener licencia por cada una de ellas.