Capítulo VDe los Convenios y Acuerdos
Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Estado de Jalisco · arts. 40 a 42
Artículos
- Art. 40El Gobierno del Estado celebrará los convenios necesarios con la federación o con los gobiernos municipales, según sea el caso…
- Art. 41Los convenios que celebre el Estado con la Federación o los municipios, deberán prever la constitución de mecanismos y, en su…
- Art. 42Los convenios que se celebren entre el Estado y los Municipios establecerán, entre otras, las siguientes bases: I. La…