La Secretaría, la Comisión Intersecretarial y los Consejos Estatal, Distritales y Municipales todos ellos coordinados, implementarán programas de producción agropecuaria en las comunidades indígenas de nuestro Estado.
Artículo 122
Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Estado de Jalisco· Título Octavo. Del bienestar social y la atención prioritaria a zonas marginadas › Capítulo II. Del desarrollo rural sustentable de los pueblos i+ndígenas
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