Para coadyuvar a superar la pobreza, estimular la solidaridad social, el mutualismo y la cooperación, el Ejecutivo Estatal, mediante convenio con el Gobierno Federal y los Municipios, fomentará el Programa Especial Concurrente conjuntamente con la organización social rural. 27
Artículo 114
Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Estado de Jalisco· Título Octavo. Del bienestar social y la atención prioritaria a zonas marginadas › Capítulo I. Del bienestar social
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