Mecanismo de cumplimiento de objetivos 1. Las asociaciones intermunicipales sustentaran su planeación para lograr sus objetivos basados en las relaciones de coordinación, colaboración, y cooperación entre los municipios que la conforman, con asociaciones intermunicipales nacionales y extranjeras, con los gobiernos estatal, federal y con entidades privadas. 2. El financiamiento de las acciones, servicios o proyectos de inversión promovidos por las asociaciones intermunicipales, se sustenta en las aportaciones de los municipios involucrados por medio de subsidio, cobro de derechos por los servicios públicos, transferencias estatales, federales e internacionales en concordancia con la normatividad sobre la materia. 7 3. La capacitación de recursos humanos en todos los niveles de las asociaciones intermunicipales, será una prioridad para lograr la profesionalización y especialización en la gestión de este modelo de gobernanza. 4. La gestión de asociaciones intermunicipales promueve la participación de hombres y mujeres con igualdad y sin discriminación.
Artículo 7
Ley de Asociaciones Intermunicipales del Estado de Jalisco· Título Primero. GENERALIDADES
Conexiones dentro de la misma norma
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