La Junta de Gobierno es el órgano de decisión del Archivo General del Estado que tendrá las siguientes atribuciones: l. Evaluar la operación administrativa, así como el cumplimiento de los objetivos y metas del Archivo General del Estado;
II. Emitir los lineamientos para el funcionamiento del Consejo Técnico;
III. Aprobar el anteproyecto de Presupuesto de Egresos del Archivo General, su plantilla de personal y el clasificador por objeto del gasto;
IV. Aprobar el Plan Institucional y los programas operativos anuales, y los demás instrumentos de planeación y programación que le correspondan;
V. Aprobar anualmente, previo informe de los órganos internos de control, los dictámenes de las auditorías practicadas, los estados financieros y autorizar la publicación de los mismos;
VI. Aprobar la suscripción de los actos jurídicos que afecten su patrimonio, constituyan deuda o trasciendan el periodo constitucional del Gobernador del Estado en turno, sin perjuicio de la autorización que corresponda al Congreso del Estado, en su caso;
VII. Aprobar la celebración de los contratos y convenios de los que sea parte;
VIII. Recibir y conocer los informes internos que presenten los encargados de los órganos y unidades administrativas;
IX. Nombrar y remover al personal, a propuesta de su titular, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables;
X. Aprobar los informes periódicos que rinda el Director General;
XI. Aprobar los Manuales de Organización, Procedimientos, el Código de Ética, y demás disposiciones administrativas que regulen la operación y el funcionamiento;
XII. Aprobar los proyectos de la estructura básica de la organización, del reglamento interno y sus modificaciones;
XIII. Analizar y aprobar en su caso, los informes periódicos que rinda el Director General;
XIV. Aprobar el calendario anual de sesiones; y XV. Las demás previstas en otras disposiciones jurídicas aplicables.