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Artículo 88 Bis

Ley de Archivos del Estado de Jalisco y sus Municipios· Título Sexto. Del Archivo General del Estado y el Sistema Estatal de Archivos › Capítulo I. Del Archivo General del Estado y el de los Sujetos Obligados › Sección I. Del Archivo General del Estado

La Junta de Gobierno es el órgano de decisión del Archivo General del Estado que tendrá las siguientes atribuciones: l. Evaluar la operación administrativa, así como el cumplimiento de los objetivos y metas del Archivo General del Estado;

II. Emitir los lineamientos para el funcionamiento del Consejo Técnico;

III. Aprobar el anteproyecto de Presupuesto de Egresos del Archivo General, su plantilla de personal y el clasificador por objeto del gasto;

IV. Aprobar el Plan Institucional y los programas operativos anuales, y los demás instrumentos de planeación y programación que le correspondan;

V. Aprobar anualmente, previo informe de los órganos internos de control, los dictámenes de las auditorías practicadas, los estados financieros y autorizar la publicación de los mismos;

VI. Aprobar la suscripción de los actos jurídicos que afecten su patrimonio, constituyan deuda o trasciendan el periodo constitucional del Gobernador del Estado en turno, sin perjuicio de la autorización que corresponda al Congreso del Estado, en su caso;

VII. Aprobar la celebración de los contratos y convenios de los que sea parte;

VIII. Recibir y conocer los informes internos que presenten los encargados de los órganos y unidades administrativas;

IX. Nombrar y remover al personal, a propuesta de su titular, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables;

X. Aprobar los informes periódicos que rinda el Director General;

XI. Aprobar los Manuales de Organización, Procedimientos, el Código de Ética, y demás disposiciones administrativas que regulen la operación y el funcionamiento;

XII. Aprobar los proyectos de la estructura básica de la organización, del reglamento interno y sus modificaciones;

XIII. Analizar y aprobar en su caso, los informes periódicos que rinda el Director General;

XIV. Aprobar el calendario anual de sesiones; y XV. Las demás previstas en otras disposiciones jurídicas aplicables.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: 140