Capítulo PrimeroDel Derecho a la Alimentación
Ley Agroalimentaria del Estado de Jalisco · arts. 146 a 148
Artículos
- Art. 146El derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, es de orden público e interés social en todo el territorio del…
- Art. 147El Estado y los municipios en el ámbito de su competencia, promoverán acciones dentro del sector agroalimentario para la donación…
- Art. 148A falta de disposición expresa en el presente Título, se aplicará supletoriamente el Código de Asistencia Social del Estado de…