Capítulo VIDe las Sanciones
Ley Agroalimentaria del Estado de Jalisco · arts. 164 a 167
Artículos
- Art. 164Las sanciones a las infracciones descritas en el capítulo anterior se aplicarán bajo la fórmula siguiente: I. En el caso de…
- Art. 165Tomando en cuenta la clasificación prevista en este capítulo adicionalmente a las sanciones económicas descritas en el artículo…
- Art. 166Ante la evidencia de la comisión de alguna de las infracciones previstas en esta Ley, la Agencia substanciará el procedimiento…
- Art. 167Tratándose de las infracciones por la falsedad en las declaraciones de portación, transporte o contacto con mercancía regulada o…