Para la correcta aplicación y vigilancia de lo previsto en este capítulo la Secretaría de Seguridad y la Fiscalía Estatal estarán obligadas a prestar el apoyo y auxilio necesario al personal del Servicio Oficial de Inspección del Estado y al personal de la Agencia para el cumplimiento de esta Ley.
Para los efectos del párrafo que antecede, podrán celebrarse los convenios necesarios que detallen los alcances de la colaboración.