Son obligaciones de los maestros de grupo:
I. Presentarse en el plantel, cuando menos quince minutos antes del principio de las clases;
II. Vigilar no solamente su grupo en el salón, sino a todos los niños en las horas de recreo, o en cualquier reunión, a fin de estudiar las inclinaciones y hábitos morales de los educandos;
III. Desempeñar las labores escolares que les encomiende el director, y que no perjudiquen su labor primordial;
IV. Iniciar ante el director cuanto crean oportuno para el mejor éxito de las labores;
V. Llevar los siguientes registros: a) Matrícula de la sección; b) Asistencia diaria de los alumnos; c) Temas de estudio; d) Calificaciones; y e) Inventario de los muebles, libros y útiles de su sala de clases.