El concurrente deberá, al retirarse, entregar la boleta al mismo empleado por quien le fue expedida, sin el cual requisito no podrá salir del establecimiento ningún lector.
Artículo 286
Disposiciones de la Instrucción Publica (Educación, abrogada)· Título Cuarto. De la Biblioteca Pública
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: 292