Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 284

Disposiciones de la Instrucción Publica (Educación, abrogada)· Título Cuarto. De la Biblioteca Pública

A un lado de la puerta de entrada del salón de lectura, tendrá su mesa el dependiente a quien se encargue de expedir las boletas de petición. Luego que se requiera de él una de éstas, pondrá en ella el número progresivo correspondiente, el título de la obra que se solicite, el nombre del autor de ella y la fecha de ese día; y hará a continuación que el concurrente firme al calce, y le entregará ese papel.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: 292