Cuando las vacantes hubieren de cubrirse con profesores ajenos al cuerpo docente de una zona, se preferirá a los titulados en Escuelas Normales.
Artículo 136
Disposiciones de la Instrucción Publica (Educación, abrogada)· Título Segundo. De la Instrucción Primaria › Capítulo XVII. De la Manera de Cubrir los Empleos De las Licencias, Renuncias, Destituciones y Correcciones Disciplinarias
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