Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 65

Del Registro Público (Civiles, abrogada)· Capítulo II. De las Inscripciones en la Sección Primera

Si las fincas a que aluden los artículos 61, 62 y 64, tuvieren un valor menor de quinientos pesos y su adquisición fuere anterior a la vigencia de este reglamento, no se exigirá el registro previo de la propiedad.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: 61, 62, 64

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.