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Artículo 130

Del Poder Judicial (Administrativas, abrogada)· Título Octavo. DE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA › Capítulo VIII. DE LA DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN Y NOTIFICACIÓN

La Oficina de Ejecución y Notificación es la dependencia del Supremo Tribunal de Justicia encargada de:

I. Recibir diariamente las actuaciones que remitan las salas y los juzgados especializados del Primer Partido Judicial que designe el Pleno, para la práctica de las diligencias y notificaciones respectivas;

II. Registrar y distribuir por riguroso orden entre los ejecutores y notificadores, los expedientes y las cédulas de notificación que reciban, para su pronta diligenciación; y III. Tomar las medidas que estime convenientes para lograr, mediante una equitativa distribución del trabajo mayor celeridad en la práctica de las diligencias ordenadas.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: 167