Capítulo VIIIDE LA DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN Y NOTIFICACIÓN
Del Poder Judicial (Administrativas, abrogada) · arts. 128 a 133
Artículos
- Art. 128El Director de Ejecución y Notificación para ejercer el cargo, deberá reunir los mismos requisitos que se exigen para ser Juez de…
- Art. 129El Director es el responsable de los ejecutores, notificadores y del personal adscrito, tiene la obligación de velar por el buen…
- Art. 130La Oficina de Ejecución y Notificación es la dependencia del Supremo Tribunal de Justicia encargada de: I. Recibir diariamente…
- Art. 131Los ejecutores para ser nombrados, deben reunir los mismos requisitos que se exigen para ser Secretario del Primer Partido…
- Art. 132Los notificadores para ser nombrados, deben reunir los requisitos a que se refiere el artículo 54 de esta ley.
- Art. 133Son obligaciones de los notificadores y ejecutores las previstas por esta ley y su reglamento.