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Artículo 232

Del Divorcio (Civiles, abrogada)· Capítulo V. DEL DIVORCIO

Los cónyuges que pidan de conformidad su divorcio, deberán acompañar en todo caso a su demanda, un convenio que arregle la situación de los hijos y la manera de liquidar sus relaciones en cuanto a los bienes, ya sea que vivan bajo el régimen de sociedad conyugal o de separación de bienes.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: 2086