Capítulo VITarifas y Clasificaciones para los Servicios Foráneos
De Tránsito (Administrativas, abrogada) · arts. 98 a 107
Artículos
- Art. 98Servirán de base para el establecimiento de las tarifas, los tipos de percepción kilométrica que tanto para los pasajeros como…
- Art. 99En la formación y aplicación de las tarifas se observará siempre la más perfecta igualdad de tratamiento para todos los que se…
- Art. 100La vigencia de las tarifas será de dos años pero el Ejecutivo podrá, en cualquier momento, modificarlas por causa de interés…
- Art. 101Para pasajes de viaje redondo se autorizará una cuota menor; especificándose el término de su validez. Se dará igual autorización…
- Art. 102Los permisionarios pueden expedir tarifas transitorias por un tiempo que no exceda de treinta días, cuando se trate de viajes de…
- Art. 103Se autorizarán tarifas especiales con un 50% de descuento cuando se trate de emigrantes, colonos, estudiantes, o cuando se trate…
- Art. 104Las personas que por concesión, contrato o permiso del Gobierno del Estado exploten vías generales de comunicación y medios de…
- Art. 105Los permisionarios de cada zona reunidos cuando menos en sus dos terceras partes, elegirán por mayoría una comisión formada…
- Art. 106Los casos y disposiciones que no están comprendidas en este Capítulo se resolverán con los correlativos del Reglamento de…
- Art. 107Las tarifas a que se refiere el artículo inciso se establecerán tal como lo previenen los artículos 101, 102 y 105.