Las placas para vehículos que harán fijar en ellos las Oficinas de Rentas respectivas, se clasificarán en “para demostración”; “para vehículos particulares” y “para vehículos de alquiler”.
Artículo 25
De Tránsito (Administrativas, abrogada)· Título Primero. De los Vehículos y de los Semovientes › Capítulo II. Registro de Vehículos
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