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Artículo 75

De Ganadería (Especiales, abrogada)· Título Primero › Capítulo VII

La Autoridad Municipal está en obligación de procurar la identificación del animal mostrenco, cotejando los fierros y señales registrados en la localidad. De identificarse el animal se notificará al propietario, quien deberá recogerlo en un plazo de 10 días a partir de la fecha de la notificación y previo el pago diario de $1.00 por cabeza de ganado mayor y $0.25 por cabeza de ganado menor, además de pagar el agostadero, y en su caso, los gastos de conservación en el corral de mostrencos.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: 79, 87