En caso de que el municipio haya celebrado con el Ejecutivo Estatal el convenio correspondiente, la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial con la coadyuvancia de la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, elaborará y expedirá los dictámenes previstos en los procedimientos de autorización, obras de urbanización y en su caso, autorizar las obras de edificación.
Artículo 232
Código Urbano para el Estado de Jalisco· Título Noveno. DE LA ACCIÓN URBANÍSTICA › Capítulo I. De las reglas Generales de la Acción Urbanística
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