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Artículo 110

Código Urbano para el Estado de Jalisco· Título Quinto. DE LA PLANEACIÓN DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS Y DEL DESARROLLO URBANO DE LOS CENTROS DE POBLACIÓN › Capítulo I. De la planeación del desarrollo urbano › Sección Cuarta. De los Planes Regionales de Integración Urbana y del Ordenamiento Ecológico Regional del Estado

El Plan Regional de Integración Urbana deberá contener los siguientes aspectos, referidos a la región:

I. La delimitación precisa de su área de aplicación;

II. La definición de sus objetivos y metas;

III. El análisis de las condiciones ambientales, socioeconómicas, del medio físico transformado y de riesgos;

IV. La propuesta para el ordenamiento y regulación del territorio y los centros de población comprendidos en su territorio, que en su caso incluya: a) El sistema jerarquizado de los centros de población y zonas preferentes de desarrollo; b) El esquema de ordenamiento territorial, congruente con los programas de ordenamiento ecológico local y regional; c) La determinación de las obras de infraestructura básica y de instalaciones y equipamiento regionales; d) La determinación de zonas preferentes para el fomento y desarrollo de actividades económicas; e) Las propuestas para integrar el sistema interurbano de vías de comunicación y transporte; f) La determinación de las áreas de protección previstas en la legislación en materia de patrimonio cultural; g) La evaluación y propuestas para atender los fenómenos de conurbación interestatal e intermunicipal; h) Las propuestas para integrar los programas de inversión pública federal, estatal y municipal correspondientes; i) El señalamiento para las provisiones requeridas en la fundación de nuevos centros de población; j) La definición de sistemas operativos para su ejecución, control y evaluación, y V. La instrumentación técnica, administrativa y jurídica.

Para integrar el ordenamiento territorial de la región, se aplicarán las normas referidas por este Código.

Asimismo podrán estipularse criterios específicos aplicables a las áreas y predios localizados en el territorio regional.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.