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Artículo 109

Código Urbano para el Estado de Jalisco· Título Quinto. DE LA PLANEACIÓN DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS Y DEL DESARROLLO URBANO DE LOS CENTROS DE POBLACIÓN › Capítulo I. De la planeación del desarrollo urbano › Sección Cuarta. De los Planes Regionales de Integración Urbana y del Ordenamiento Ecológico Regional del Estado

Los objetivos del Plan Regional de Integración Urbana, referidos a la región que constituye su área de aplicación, son:

I. Promover la acción coordinada de varios gobiernos municipales de la Entidad, en acciones prioritarias y estratégicas relacionadas con su desarrollo;

II. Orientar un desarrollo urbano que contemple los contenidos de los programas de ordenamiento ecológico y territorial.

III. Distribuir equitativamente las cargas y beneficios de la urbanización en los centros de población;

IV. Preservar y acrecentar los recursos naturales, a fin de mantener el equilibrio ecológico;

V. Conservar y mejorar el Patrimonio Cultural;

VI. Identificar los distintos potenciales de utilización del suelo e inducir su aprovechamiento;

VII. Inducir el mejoramiento y crecimiento de la infraestructura interurbana en la región; y VIII. Definir los equipamientos e infraestructura para el desarrollo de la región.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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