Capítulo IDe la planeación del desarrollo urbano
Código Urbano para el Estado de Jalisco · arts. 76 a 126
Dentro de este capítulo
- Sección Primera arts. 88 a 93
- Sección Segunda. Del Programa Municipal de Desarrollo Urbano arts. 94 a 99
- Sección Tercera. De los Instrumentos de Planeación Metropolitana arts. 100 a 107
- Sección Cuarta. De los Planes Regionales de Integración Urbana y del Ordenamiento Ecológico Regional del Estado arts. 108 a 113
- Sección Quinta. Del Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población arts. 114 a 119
- Sección Sexta. Del Plan Parcial de Desarrollo Urbano arts. 120 a 126
Artículos de este nivel
- Art. 76Para los efectos de este título, se entenderá por planeación urbana, el conjunto de herramientas de que dispone la autoridad para…
- Art. 77El ordenamiento del territorio, la planeación urbana y la definición de las directrices que orientarán el desarrollo de los…
- Art. 78A. El Sistema Estatal de Planeación para el Desarrollo Urbano se integrará por un conjunto de programas y planes, de desarrollo y…
- Art. 79Los programas de desarrollo urbano tendrán como propósito central establecer la política urbana a seguir en el estado…
- Art. 80Los planes de desarrollo urbano tendrán como propósito central desarrollar el componente estratégico del sistema de planeación…
- Art. 81Los instrumentos de referencia serán documentos de aplicación obligatoria y de consulta obligada por los municipios y el estado…
- Art. 81 BisLos programas y planes de desarrollo urbano no podrán realizarse o actualizarse hasta en tanto no se hayan realizado o…
- Art. 82Los programas y planes de ordenamiento territorial y desarrollo urbano se elaborarán conforme las disposiciones de este Código y…
- Art. 83El Gobernador del Estado y los presidentes municipales, en sus respectivos ámbitos de competencia, solamente ordenarán la…
- Art. 84Los programas y planes previstos en el artículo 78 de este Código: I. Entrarán en vigor a partir de su publicación en el medio…
- Art. 85De cada programa o plan de desarrollo urbano, el Ejecutivo Estatal, la Junta de Coordinación Metropolitana y el Presidente…
- Art. 86Los planes y programas de desarrollo urbano así como, los proyectos definitivos de urbanización que modifiquen el uso de suelo…
- Art. 87Los programas y planes de desarrollo urbano, una vez publicados e inscritos se mantendrán disponibles para su consulta en las…