Libro CuartoDEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Codigo Fiscal del Estado (1978) (Fiscales, abrogada) · arts. 173 a 310
Dentro de este libro
- Título Segundo. De la Iniciación y Trámite arts. 183 a 215
- Título Cuarto. De la Determinación y Liquidación Tributaria arts. 216 a 224
- Título Quinto. De la Recaudación arts. 225 a 299
- Título Sexto. De los Recursos Administrativos arts. 300 a 310
Artículos de este nivel
- Art. 173La recaudación, vigilancia y administración de los ingresos de la Hacienda Pública, serán de la competencia de la Tesorería…
- Art. 174La competencia por razón de la materia de los distintos órganos de la Tesorería General del Estado se determinará en forma…
- Art. 175Las autoridades estatales y municipales en cualesquiera de las ramas de la administración, estarán obligadas a prestar a las…
- Art. 176Las autoridades fiscales para hacer cumplir sus determinaciones podrán emplear los siguientes medios de apremio que juzguen…
- Art. 177Los funcionarios y empleados públicos, que en ejercicio de sus funciones conozcan de hechos u omisiones que puedan entrañar…
- Art. 178El personal oficial que intervenga en los diversos trámites relativos a la aplicación de las disposiciones tributarias estará…
- Art. 179Los actos y resoluciones de las autoridades fiscales se presumirán legales. Sin embargo, dichas autoridades deberán probar los…
- Art. 180La actuación de los particulares ante órganos incompetentes de la Tesorería General, producirá efecto. No obstante si el órgano…
- Art. 181Las facultades de la Tesorería General del Estado para determinar la existencia de obligaciones fiscales, señalar las bases de su…
- Art. 182La Tesorería General del Estado promoverá la colaboración de las organizaciones de los particulares y de los colegios de…