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Título Primero

Código Electoral del Estado de Jalisco · arts. 682 a 690

Artículos

  • Art. 6821. Las disposiciones contenidas en este Libro, tienen por objeto regular las candidaturas independientes para Gobernador del…
  • Art. 6831. El Consejo General proveerá lo conducente para la adecuada aplicación de las normas contenidas en el presente Libro, en el…
  • Art. 6841. Son aplicables, en todo lo que no contravenga las disposiciones de este Libro, las disposiciones conducentes de este Código…
  • Art. 6851. La organización y desarrollo de la elección de candidaturas independientes será responsabilidad del Instituto Electoral, a…
  • Art. 6861. El derecho de los ciudadanos, de solicitar su registro como candidatos a algún cargo de elección popular de manera…
  • Art. 6871. Los ciudadanos, que cumplan con los requisitos, condiciones y términos tendrán derecho a participar y, en su caso, a ser…
  • Art. 6881. Para los efectos de la integración del Congreso del Estado, en los términos de los artículos 17 y 18 de la Constitución…
  • Art. 6891. Las fórmulas de candidatos para el cargo de diputado por el principio de mayoría relativa, deberá estar integrada por…
  • Art. 6901. Los Candidatos Independientes que hayan participado en una elección ordinaria que haya sido anulada, tendrán derecho a…