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Artículo 240

Código Electoral del Estado de Jalisco· Libro Cuarto. Del Proceso Electoral › Título Tercero. Procedimiento de Registro de Candidatos › Sección Tercera. Plazos para la Presentación de las Solicitudes de Registro de Candidatos

1. Los plazos para la presentación de las solicitudes de registro de candidatos, son los siguientes:

I. Para los candidatos a Gobernador, la última semana de febrero del año de la elección;

II. Para el registro candidatos a Diputados por ambos principios, a partir de la primera semana y hasta la segunda semana de marzo del año de la elección; y III. Para el registro de Munícipes, a partir de la primera semana y hasta la tercera semana de marzo del año de la elección. 2. El Consejo General podrá realizar ajustes a los plazos establecidos en este artículo a fin de garantizar los plazos de registro y que la duración de las campañas electorales se ciña a lo establecido en este Código. 3. El Instituto Electoral dará amplia difusión a la apertura del registro de las candidaturas y a los plazos a que se refiere el presente artículo.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: 244