Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 129

Código Electoral del Estado de Jalisco· Libro Tercero. Del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco › Título Segundo. Del Consejo General › Capítulo Segundo. De las Sesiones del Consejo General

1. Todas las sesiones del Consejo General del Instituto Electoral serán públicas. 2. Los asistentes a las sesiones deben guardar el debido orden en el recinto donde se celebren y no podrán participar de ninguna forma en las discusiones. 3. Para garantizar el orden, el Consejero Presidente del Consejo General tomará las medidas siguientes:

I. Exhortación a guardar el orden;

II. Ordenar abandonar el local; y III. Solicitar el auxilio de la fuerza pública para restablecer el orden y expulsar a quien lo haya alterado.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.