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Sección CuartaDe la Ilicitud en el Matrimonio

Código Civil del Estado de Jalisco · arts. 393 a 395

Artículos

  • Art. 393‑ Produce ilicitud en el matrimonio: El matrimonio celebrado en contravención a lo dispuesto en los Artículos relativos a las…
  • Art. 394‑ La ilicitud que se funde en la falta de formalidades esenciales en el matrimonio, puede alegarse por los cónyuges o por…
  • Art. 395‑ No se admitirá demanda de ilicitud por falta de solemnidades en el acta, de matrimonio celebrado ante el Oficial del Registro…