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Capítulo IDe la emancipación

Código Civil del Estado de Jalisco (anterior) · arts. 689 a 693

Artículos

  • Art. 689El matrimonio del menor produce de derecho la emancipación. Aunque el matrimonio se disuelva por muerte, por divorcio o por…
  • Art. 690Los mayores de 16 años que estén sujetos a patria potestad o a tutela, tienen derecho a que se les emancipe si demuestran su…
  • Art. 691El emancipado tiene la libre administración de sus bienes, pero siempre necesita durante su menor edad: I. Del consentimiento del…
  • Art. 692Hecha la emancipación, no puede ser revocada.
  • Art. 693Fuera del caso a que se refiere el artículo 689 la emancipación siempre será decretada por el juez, y la resolución…