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Capítulo VIIIDe las actas de divorcio

Código Civil del Estado de Jalisco (anterior) · arts. 103 a 105

Artículos

  • Art. 103La sentencia ejecutoria que decrete un divorcio, se remitirá en copia a la Dirección del Registro Civil, y al Oficial del…
  • Art. 104Las actas de divorcio, expresarán el nombre, apellidos, edad, domicilio y nacionalidad de los divorciados, su Clave Unica del…
  • Art. 105Extendida el acta se anotarán las de nacimiento y matrimonio de los divorciados, y la copia de la sentencia mencionada se…