Cuando el abogado intervenga en cobros o transacciones extrajudiciales percibirá el 50% de los honorarios señalados por los artículos 11 y 13 según el caso, sobre el resultado obtenido.
Artículo 27
Arancel de Abogados para el Estado de Jalisco· Capítulo II. DE LAS TARIFAS
Conexiones dentro de la misma norma
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.