El patrón, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la de la notificación, deberá presentar su contestación por escrito ante el Tribunal.
Artículo adicionado DOF 04-01-1980. Reformado DOF 01-05-2019
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Ley Federal del Trabajo· Título Catorce. Derecho Procesal del Trabajo › Capítulo XX. Procedimiento de Huelga
El patrón, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la de la notificación, deberá presentar su contestación por escrito ante el Tribunal.
Artículo adicionado DOF 04-01-1980. Reformado DOF 01-05-2019
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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