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Artículo 73

Ley Federal del Trabajo· Título Tercero. Condiciones de Trabajo › Capítulo III. Días de descanso

Los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: 178, 198